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Qué es VeriFactu y por qué tu asociación debe conocerlo en 2026

Si gestionas una asociación, una AMPA, un club deportivo o una ONG, es probable que hayas oído hablar de VeriFactu en los últimos meses. Pero ¿sabes realmente qué es, si te afecta y qué tienes que hacer antes de que sea obligatorio?

En este artículo te lo explicamos de forma clara y sin tecnicismos, para que la junta directiva o el tesorero de tu asociación tome decisiones con tiempo.

Qué es VeriFactu: la explicación fácil

VeriFactu es un sistema de facturación regulado por el Real Decreto 1007/2023 que obliga a los programas informáticos de facturación a cumplir una serie de requisitos técnicos para garantizar que las facturas no puedan ser alteradas, ocultadas ni eliminadas sin dejar rastro.

En la práctica, significa que cada factura que emita tu asociación debe quedar registrada de forma inviolable en tu software de gestión, y opcionalmente puede enviarse en tiempo real a la Agencia Tributaria (AEAT).

Además, cada factura debe incluir un código QR que cualquier persona puede escanear para verificar que esa factura existe y está registrada. Esto aporta transparencia y confianza a clientes, proveedores y financiadores de la asociación.

¿A qué asociaciones afecta VeriFactu?

Esta es la duda más habitual. La respuesta depende de si tu asociación emite facturas por actividades económicas. Aunque las asociaciones sin ánimo de lucro no persiguen beneficio, muchas realizan operaciones que sí generan obligaciones fiscales.

¿Cuándo sí estás obligado?

Tu asociación deberá usar un software adaptado a VeriFactu si utiliza un sistema informático de facturación y realiza alguna de estas operaciones:

– Cuotas de socios con IVA (por ejemplo, servicios de comedor, extraescolares o actividades no exentas).

– Patrocinios o publicidad facturados a empresas o entidades.

– Prestación de servicios a terceros (formación, alquiler de instalaciones, etc.).

– Contratos de servicios con Administraciones Públicas.

En todos estos casos, si usas un programa informático para emitir las facturas, ese programa debe cumplir con VeriFactu.

¿Cuándo NO estás obligado?

Si tu asociación solo recibe cuotas exentas de IVA, donaciones puras sin contraprestación y no utiliza ningún software de facturación, es posible que no estés obligado. Sin embargo, te recomendamos revisarlo con tu asesoría, ya que la norma incluye matices importantes según el régimen fiscal de cada entidad.

Fechas clave de VeriFactu para asociaciones

La entrada en vigor de VeriFactu tiene plazos distintos según el tipo de entidad:

– 1 de enero de 2026: para las asociaciones y fundaciones sujetas al Impuesto sobre Sociedades que obtengan rentas no exentas.

– 1 de julio de 2026: para el resto de obligados tributarios (autónomos y pymes en IRPF).

Si tu asociación tributa por el Impuesto sobre Sociedades y tiene actividades económicas no exentas, la obligación ya está en vigor desde el 1 de enero de 2026. No esperes más.

Qué cambia en la facturación de tu asociación con VeriFactu

Con VeriFactu, cada factura que emita tu asociación debe cumplir los siguientes requisitos:

  1. Registro inviolable: la factura queda registrada en el software y no puede modificarse sin dejar huella.
  2. Código QR obligatorio: cada factura lleva un código QR que permite verificarla en la sede electrónica de la AEAT.
  3. Envío opcional a la AEAT: si tu software es sistema VeriFactu, envía los registros automáticamente a Hacienda. Si no, debes conservarlos internamente.
  4. Formato estandarizado: la información de cada factura debe seguir el formato técnico establecido por el Reglamento.

Casos prácticos: ¿cómo afecta VeriFactu a tu tipo de asociación?

AMPA o asociación de padres y madres

Si el AMPA cobra el servicio de comedor escolar, las extraescolares o cualquier actividad con IVA a través de un software, deberá cumplir con VeriFactu. Las cuotas anuales voluntarias de socios suelen estar exentas.

Club deportivo

Los clubs que facturan cuotas de inscripción con IVA, patrocinios de empresas o actividades de escuela deportiva están obligados. También los que participan en ligas con ingresos por taquilla.

ONG y fundaciones

Aquellas que prestan servicios con contraprestación económica a empresas o Administraciones (proyectos de inserción laboral, formación, limpieza, etc.) deben cumplir VeriFactu por esas operaciones concretas.

Asociaciones culturales y de vecinos

Si alquilan espacios, organizan cursos o talleres de pago o tienen patrocinadores, la facturación de esas actividades entra dentro de VeriFactu.

Fallas, hermandades y asociaciones de fiestas

Muchas Fallas y hermandades recaudan cuotas de falleros, venden productos o reciben patrocinios empresariales. Si usan un software para emitir esas facturas, deben adaptarlo a VeriFactu.

Qué debe hacer tu asociación ahora mismo

Si crees que tu asociación puede estar obligada, estos son los pasos que te recomendamos:

Paso 1. Revisa si emites facturas por actividades económicas. Habla con tu asesoría para confirmar si esas operaciones están sujetas a IVA o al Impuesto sobre Sociedades.

Paso 2. Comprueba el software que usas. El programa que utilices para emitir facturas debe estar adaptado a VeriFactu. Si no lo está, debes cambiarlo cuanto antes.

Paso 3. Elige un software de gestión para asociaciones que ya incluya VeriFactu. Socios.Pro integra facturación, gestión de socios, cuotas, contabilidad y cumplimiento de VeriFactu, en una sola plataforma pensada específicamente para asociaciones sin ánimo de lucro.

Paso 4. Forma a tu equipo. Asegúrate de que la persona que gestiona la facturación (tesorero, administrador o gestoría) entiende el nuevo proceso.

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Fuentes y más información

Real Decreto 1007/2023 (BOE): Reglamento VeriFactu

AEAT: Sistemas Informáticos de Facturación y VeriFactu

AEAT: ¿Quiénes están obligados a VeriFactu?

AEAT: Aplicación gratuita de facturación VeriFactu

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